fbpx

¡Atención, Transportistas y Empresarios!

Nuevas Legislaciones de Carta Porte en México: Lo Que Debes Saber

Transportistas Carta Porte

La legislación en torno a la carta porte en México ha experimentado cambios significativos que afectan directamente a la logística y el transporte de mercancías. Estas actualizaciones, diseñadas para mejorar la transparencia y el control en el transporte de bienes, entraron en vigor el 17 de julio de 2024 en su emisión del CFDI versión 4.0 con la versión 3.1 del complemento carta porte. A continuación, te presentamos un resumen de las nuevas disposiciones y cómo impactarán tu negocio:

  • Documentación Electrónica Obligatoria: A partir de ahora, la carta porte deberá ser emitida de manera electrónica, facilitando así la gestión y la verificación en tiempo real de la carga. Esta medida busca reducir errores y agilizar los procesos administrativos.
  • Datos Adicionales Requeridos: Las nuevas normativas exigen información más detallada en la carta porte, incluyendo datos específicos sobre el origen y destino de la mercancía, así como detalles del transportista y del remitente. Este nivel de detalle es clave para asegurar una mayor precisión y cumplimiento normativo.
  • Plazos de Presentación y Validación: Los plazos para la presentación de la carta porte se han ajustado, y ahora es fundamental que tanto los transportistas como los propietarios de la carga cumplan con estos tiempos para evitar sanciones y contratiempos.
CFDI Digital
Penalizaciones y sanciones
  • Sanciones y Penalizaciones: Con las nuevas regulaciones, se han establecido sanciones más estrictas para el incumplimiento. A continuación, te detallamos las principales sanciones a tener en cuenta:
  • Multas por Falta de Documentación Electrónica: Si la carta porte no se presenta en formato electrónico, las multas pueden oscilar entre $10,000 y $50,000 pesos mexicanos, dependiendo de la gravedad de la infracción.
  • Sanciones por Información Incorrecta: La presentación de datos incorrectos o incompletos puede resultar en sanciones que van desde $20,000 hasta $100,000 pesos mexicanos, además de posibles retrasos en la validación de la carga.
  • Penalizaciones por Incumplimiento de Plazos: El incumplimiento de los plazos establecidos para la presentación de la carta porte puede llevar a multas de hasta $30,000 pesos mexicanos, así como la retención de la mercancía hasta que se subsanen las irregularidades.
  • Suspensión de Actividades: En casos graves de incumplimiento o repetidas infracciones, se puede imponer la suspensión temporal de las actividades de transporte, lo cual puede afectar gravemente las operaciones del negocio.
  • Beneficios Clave: Aunque los cambios pueden parecer desafiantes, la implementación de estas nuevas normas promete beneficios significativos, como una mayor transparencia en el transporte, reducción de fraudes y un proceso más ágil para todos los involucrados.

¿Cómo Prepararte?

Es fundamental que todos los actores en la cadena de suministro revisen y adapten sus procedimientos a estas nuevas legislaciones. Asegúrate de capacitar a tu equipo, actualizar tus sistemas y consultar con expertos para cumplir con las nuevas exigencias.

 

La Carta porte se debe de emitir por la o el prestador del servicio de transporte que circulen por vía terrestre de carga de carretera, así como los que presenten el servicio de:

  • Transporte de carga general y especializada.
  • Traslado de materiales y residuos peligrosos.
  • Prestadores de servicio de paquetería y mensajería.
  • Traslado de fondos y valores.
  • Grúas de arrastre, grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos.
  • Transporte de hidrocarburos y petrolíferos.
  • Transporte consolidado de mercancías.
Capacítate Carta Porte

Se podrá amparar el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera con el CFDI (factura) de tipo ingreso con complemento Carta Porte, siempre que se registre el número de pedimento de importación, y así poder acreditar el transporte de dichos bienes o mercancías con su representación impresa en papel o en formato digital.

  • Clave de producto o servicio (ClaveProdServ): En este campo deberás registrar la clave que corresponda al tipo de servicio que estás prestando para el traslado de bienes y/o mercancías.
Amparo Carta Porte

Ejemplos:

En el servicio de corte de fruta del aguacate, al momento del traslado de la mercancía, por cuestiones de materialidad, se recomienda guardar el CFDI de traslado, porque entre más pruebas de que la operación existió va a ser más difícil que nos pongan que es una operación inexistente, y al ser un servicio, la autoridad revisa con mayor frecuencia este tipo de operaciones.

Pedimento:

En este campo se deberá registrar el número de pedimento correspondiente a la importación del bien o mercancía, el cual se integra de izquierda a derecha de la siguiente manera:

Últimos 2 dígitos del año de validación seguidos por dos espacios, 2 dígitos de la aduana de despacho seguidos por dos espacios, 4 dígitos del número de la patente seguidos por dos espacios, 1 dígito que corresponda al último dígito del año en curso, salvo que se trate de un pedimento consolidado iniciando en el año inmediato anterior o del pedimento original de una rectificación, seguido de 6 dígitos de la numeración progresiva por aduana.

Ej. NumeroPedimento= 10  47  3803832

Ejemplo Compra – venta de fruta entre exportador y productor

Al ser exportador que le compra fruta al productor, su compromiso es trasladar con sus propios medios al lugar de empaque, el productor con el régimen sector primario y vehículo particular está obligado a emitir el CFDI con complemento si pasa por carretera federal: En este caso el dueño de la huerta no es el mismo que el transporte, por lo tanto, el CFDI con traslado lo tiene que hacer el de la huerta y el exportador quedarse con una copia como destinatario, porque va a servir para comprobar materialidad.

Ejemplo Empresa de transporte que traslada mercancía propia

Al ser empresa con transporte propio para el traslado de tus propias mercancías, las que se venden y compran, así como pasan a recolectar; ¿El CFDI de traslado se queda como el CDFI ya para cobrar? El CDFI de traslado es solamente para comprobar que la mercancia no es robada o de procendencia ilicita, para que el transporte se pueda mover con seguridad, por lo tanto, por el producto se tendrá que generar un CDFI de ingreso por la venta y con este es con el que se va a cobrar el cliente.

Ejemplo con camiones Full (Doble caja / contenedor)

¿Se pueden hacer dos CFDI con CCP para un FULL con el mismo tractocamión?, es decir, si existe alguna restricción informática para repetir CDFI con CCP con casi los mismos datos: Realmente no existe alguna restricción, pero lo que sí se puede es que si es el mismo camión y llevo los dos semirremolques, se puede poner los dos, ya que hay campo para ingresar estos, se podría hacer en uno solo, ya que no hay restricción, el detalle es que fuera un transporte consolidado, donde una caja es de un cliente y la otra de otro diferente, se tendrá que hacer un CFDI de ingreso por cada uno.

Ejemplo, transporte que traslada mercancía ajena desde empaques

Si vamos a recoger una carga a un empaque maquilador, el CCP se hace como salida y como tal se debe hacer a nombre de quien me contrato para el flete o a nombre a quien va a recibir la carga, en caso de que se lleve a una empacadora: quien te paga en a quien le vas a emitir el comprobante y el que va a enviar las mercancías, ese sería el remitente de las mercancías.

 Ejemplo para casos con Forwarders

De acuerdo a la falta de precisión a la regla 27151 que habla del traslado de mercancías por medios propios o cuando eres dueño de las mercancías y en ellas también entran los intermediarios, algunos forwarders sugieren lo siguiente: ellos no van a dar un CFDI de ingreso o traslado con CCP, van a dar un CFDI por sus servicios es decir el tema de coordinación logística. Si el transporte es propiedad del Forwarder, en este caso tendrían que hacer un CFDI de traslado con CCP, donde el receptor debe ser el que contrata los servicios logísticos y el emisor el Forwarder, si no es con medios propios existe un vacío en la regla por lo que varios de los Forwarder no quieren dar el CFDI con CCP.

Para más detalles sobre cómo las nuevas legislaciones pueden impactar a tu empresa, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

¡Mantente informado y preparado para estos cambios que marcarán un nuevo estándar en la logística y el transporte en México!

Información Carta Porte
Este sitio usa cookies para mejorar la experiencia de usuario. We are committed to protecting your privacy and ensuring your data is handled in compliance with the General Data Protection Regulation (GDPR).